La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a tres hombres a penas de entre dos años y medio y cuatro años de prisión por el doble secuestro, con uso de arma de fuego, de dos hermanos ocurrido en octubre de 2022. El motivo del rapto fue el cobro de una deuda de 25.000 euros, presuntamente relacionada con una estafa de criptomonedas.
Los acusados, que se enfrentaban inicialmente a 16 años de cárcel cada uno, han logrado evitar el ingreso en prisión gracias a un acuerdo de conformidad. Este pacto redujo significativamente las penas, permitiendo la suspensión de su cumplimiento con condiciones.
El secuestro y el rescate de 500 euros
Los hechos probados revelan que los tres condenados, junto con un cuarto implicado aún no localizado, acordaron secuestrar a las víctimas para reclamar la deuda.
El secuestro se inició el 17 de octubre de 2022, cuando uno de los hermanos fue abordado en la calle Periodista Gil Sumbiela. Fue llevado a un descampado, intimidado con una pistola y obligado a llamar a su hermano para exigirle el dinero.
Ambos hermanos fueron retenidos en un domicilio de la Avenida de Burjassot. Allí fueron amenazados con el arma de fuego, apuntados a las rodillas, con la advertencia de que “les pegarían un tiro” si no pagaban la cantidad. Finalmente, los captores rebajaron sus exigencias a 500 euros por cada hermano.
La liberación se produjo a la 1:30 de la madrugada, después de que uno de los hermanos fuese llevado en motocicleta a su casa para recoger su parte de la deuda y de que la pareja del otro secuestrado efectuara un pago por Bizum.
Condena y atenuantes
Gracias al acuerdo de conformidad y al reconocimiento de los hechos, se les aplicó la atenuante de reparación del daño muy cualificada tras consignar la responsabilidad civil.
Penas Impuestas: Dos de los acusados recibieron una condena de cuatro años de prisión (dos años por cada secuestro), y un tercero fue condenado a dos años y medio de cárcel.
Suspensión: Se les suspende el cumplimiento de la pena de prisión, siempre que no delincan en el plazo de cuatro años y abonen la multa impuesta (2.400 euros a dos de ellos, y trabajos en beneficio de la comunidad al tercero).
Como medidas adicionales, los condenados no podrán acercarse ni comunicarse con las víctimas por un plazo de diez años.







